viernes, 5 de junio de 2009

México: Se amparan 72 mujeres en Sonora contra reforma constitucional

Afecta sus derechos reproductivos, opinan.

Por Silvia Núñez Esquer/corresponsal - Hermosillo, Son., 29 mayo 09 (CIMAC).- 72 mujeres de Sonora presentaron el pasado miércoles amparos ante los Juzgados de Distrito en el estado, argumentando que la reforma constitucional estatal que protege la vida desde el momento de la fecundación vulnera y desconoce los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Federal.
La reforma aprobada por el Congreso de Sonora el 21 de octubre de 2008, y que entró en vigencia el 6 de abril de 2009, protege absoluta e incondicionadamente la vida en gestación, que a la letra dice “Desde el momento de la fecundación de un individuo, entra bajo la protección de la ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes”.
En entrevista con Cimacnoticias Claudia Zulema Robles Gómez, abogada del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), informó que con el amparo buscan que los tribunales federales se pronuncien sobre las violaciones a derechos humanos de las mujeres con respecto de la reforma, y que revisen el procedimiento legislativo que culminó con esta reforma.
Cerca de doce mil copias fueron necesarias para interponer los dos amparos colectivos, ya que en este país acceder a este recurso puede costar alrededor de diez mil pesos por persona, entre honorarios y copias, informó Robles Gómez.
Esto significa que, para acceder a la justicia, las 72 mujeres requerirían de alrededor de 720 mil pesos en total. El resultado es que se pronuncie un tribunal judicial local sobre qué se entiende por derechos humanos y cómo se vulneran derechos humanos con una protección total a la vida desde el momento de la fecundación, explicó.
En caso de proceder los amparos, esto se traduciría en que la reforma no tendría aplicación en los casos concretos de las mujeres que se ampararon.
Claudia Robles comentó que el amparo similar interpuesto en el estado de Colima ya fue radicado, y lo que sigue es que se haga un procedimiento donde se llame a peritos médicos y otros, pero hasta ahora sólo se tiene radicado.
AGRAVIOS - Las mujeres de Ciudad Obregón, Empalme y Hermosillo que se ampararon, se consideran agraviadas ya que la protección absoluta del óvulo fecundado implica la prohibición de utilizar métodos anticonceptivos cuyos mecanismos de acción impiden la implantación, como es el caso del dispositivo intrauterino (DIU).
La reforma también se traduce en la prohibición de utilizar métodos anticonceptivos con posterioridad a haber tenido relaciones sexuales, como podría ocurrir si se rompiera el preservativo, o de que dichas relaciones sexuales no hayan sido previstas.
Con la reforma, además, se estaría imponiendo la obligación constitucional de la maternidad, dado que todas las mujeres embarazadas tendrían que llevar adelante su gestación a como dé lugar, lo que se traduce en severas restricciones a la libertad de determinar la forma en la que quieren tener relaciones sexuales o cuándo tener hijos.
Esta limitación violenta de manera directa el Artículo 4° de la constitución federal, que no sólo protege la libertad reproductiva, sino que también reconoce y salvaguarda la libertad sexual.
En cuanto a las mujeres menores de edad, también pueden ampararse, aclaró, independientemente de que tengan o no diez y ocho años. Insistió en que GIRE apoyará a las mujeres que deseen ampararse contra las reformas que se han aprobado y publicado en los estados que han dado derechos a la vida en gestación por sobre los derechos de las mujeres, para lo cual puso a disposición su dirección electrónica claudia@gire.org.mx.

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