domingo, 14 de octubre de 2012

CIMAC presenta primer informe sobre violencia en contra de mujeres periodistas en México




  • Los 94 casos documentados de violencia de 2005 a 2011 siguen impunes
  • Corrupción, el tema en torno a la violencia contra mujeres periodistas.
  • Funcionarios públicos la mayoría de agresores.

Por primera vez en la historia del periodismo a nivel mundial, en México se presenta un Informe Diagnóstico de Violencia contra Mujeres Periodistas, mismo que contempla casos desde 2002 a 2011, lapso durante el cual han sido asesinadas 10 trabajadoras de medios de comunicación, en cuyos casos aun existe impunidad.

El Informe Diagnóstico fue elaborado por Comunicación e Información de la Mujer AC (CIMAC), mismo que registra y documenta un total de 94 casos de violencia en contra de mujeres periodistas, 5 correspondientes al periodo de 2002 a 2006 y 89 desde 2007 a 2011.

El Informe Diagnóstico de Violencia contra Mujeres Periodistas, México 2010-2011 se presenta este 4 de octubre a las 11 de la mañana en el Museo de Memoria y Tolerancia en el Centro Histórico de la ciudad de México.

Presentarán: Lydia Cacho Ribeiro, periodista y defensora de derechos humanos de las mujeres, Elia Baltazar González periodista independiente y Anabel Hernández periodista, así como la feminista, etnóloga y Doctora en Antropología, Marcela Lagarde y de los Ríos, moderará la Directora General de CIMAC Lucía Lagunes Huerta.

De 2002 a 2011, 10 mujeres periodistas han sido asesinadas en México, y más de 90 denunciaron algún tipo de violencia en el ejercicio de su labor. Hasta el día de hoy ninguno de los casos documentados en este Informe ha sido resuelto, lo que representa un nivel de impunidad que permite la repetición contante de estos actos.

Los casos documentados en dicho Informe se rigen bajo los protocolos nacionales e internacionales sobre libertad de expresión, la experiencia de los refugios para mujeres víctimas de violencia, así como en lo contenido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia e instrumentos internacionales como la Convención sobre la eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer Belem do Pará.

Entidades Federativas con mayor número de casos.

Las entidades federativas con mayor número de casos son: Oaxaca en primer lugar 12,  Distrito Federal 10, Chihuahua 8, Quintana Roo, Jalisco y Veracruz con 7, 6 y 5 casos, respectivamente.

A los estados anteriores les siguen Tamaulipas, Puebla, Michoacán, Morelos, Estado de México, Durango y Guerrero, con 3 casos; Nuevo León, Chiapas, Hidalgo, Sonora y Nayarit con 2 casos.

Mientras que Sinaloa, Yucatán, Baja California Sur, Colima y Guanajuato con un solo caso, esto obedece, según el informe a la falta de garantías para poder denunciar.

En el informe sobresalen Oaxaca, Distrito Federal, Chihuahua, Veracruz, Tamaulipas, Estado de México y Guerrero, por ser entidades donde se cometieron los actos feminicidas contra mujeres periodistas.

Un 76 por ciento de las periodistas violentadas eran reporteras, mientras que 2.6 por ciento, equivalente a un caso, se trató de una directora de un medio de comunicación, en porcentaje igual una corresponsal y una fotógrafa. De los casos registrados por CIMAC, 10 por ciento eran periodistas independientes o freelance, lo que puede significar un elemento de aumento de vulnerabilidad, al no contar con un contrato fijo, prestaciones de ley ni respaldo, en el caso de querer brindarlo, de un empresa periodística.

Al momento del hecho violento, 45 por ciento de las periodistas llevaba a cabo investigaciones sobre corrupción por parte de funcionarios o funcionarias, 18 por ciento movimientos sociales, 13 por ciento narcotráfico, 10.5 por ciento abuso de poder y en una igual proporción libertad de expresión. Tres por ciento, equivalente a un caso, no tenía una investigación específica en curso.

Las construcciones sociales que naturalizan la violencia en contra de las mujeres ha repercutido en la situación particular de las periodistas en un entorno de violencia como el que actualmente se vive en México, al que se suma la falta de garantías por parte del Estado para acceder a la justicia, la impunidad, el miedo de las periodistas miedo a ser re-victimizadas por las autoridades o en los medios de comunicación a través del cuestionamiento de su vida laboral pero también personal, explica el Informe.

De acuerdo a la investigación que estuvo a cargo de las responsables del Programa de Libertad de Expresión de CIMAC –Yunuhen Rangel Medina y Cirenia Celestino Ortega–, las edades de las periodistas violentadas, fluctúan entre 22 y 42 años, 30 años en promedio, es decir, en edad reproductiva y económicamente activa lo cual repercute directamente en su vida personal, el derecho a informar, el derecho de la sociedad a la información y el desarrollo económico del país.

El Informe detalla que en 2010 se registraron 3 casos de feminicidio y 2 más al terminar 2011, cuando Veracruz saltó a escena como una de las entidades federativas más violentadas para ejercer el periodismo.

CIMAC registra las formas de violencia cometidas contra mujeres periodistas con base en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en función de que las desigualdades de género son aplicadas también a las mujeres que ejercen el periodismo y que son las siguientes modalidades:

  • Violencia psicológica a través de amenazas contra ellas, así como a las y los hijos o familiares. Esta situación ha sido aprovechada por quienes han violentado por medio de amenazas a las periodistas, a quienes se presiona con ejercer algún tipo de daño a sus hijas o hijos, con el objetivo de censurarlas o para obligarlas a retirar sus denuncias.

  • Violencia sexual a través del acoso por parte de agresores ajenos al medio de comunicación pero también en medio de coberturas de movimientos sociales, por parte de sus pares hombres, sus fuentes de información o elementos del Estado.

  • Violencia comunitaria, al ser expuestas en los medios de comunicación en los casos en los que se pone en duda su calidad moral y personal, así como profesional. A través de rumores que se difunden entre el gremio periodístico y la comunidad en la que se desarrolla la periodista lo cual impacta a la víctima así como a su familia.

  • Violencia institucional, en tanto que se trata de actos u omisiones de las y los servidores públicos, esta violencia es aplicada al no garantizar las condiciones adecuadas para ejercer su labor en un entorno no violento y respetuoso de sus particularidades sexuales y sociales como: acceso a la justicia y en casos en los que elementos del Estado son los agresores.

  • Violencia laboral en casos en los que no se brindan las condiciones laborales y de seguridad necesarias para ejercer la labor periodística en el contexto actual. 


Para mayores informes:
Olga Rosario Avendaño
5548529614

28 de Septiembre: Pronunciamiento: Pacto Nacional por la Vida, la Libertad y los Derechos de las Mujeres



 Compañeras; mujeres, hombres, personas de todas las edades.

Desde hace 22 años, las feministas de América Latina y el Caribe nos damos cita cada 28 de septiembre, para exigir a nuestros gobiernos que detengan la masacre de mujeres que mueren, condenadas al olvido, en abortos clandestinos.
En el día por la despenalización del aborto, las mujeres denunciamos el terrorismo patriarcal que convierte a la maternidad en una obligación.  Manifestando sin temor que penalizar el aborto es un crimen de Estado, un crimen que se comete contra la mitad de la población mundial.
Cuando una mujer es obligada a continuar con un embarazo que no desea, se comente un delito de lesa humanidad, cuando una mujer que acude a los servicios médicos con un aborto en curso y recibe tratos crueles, se violan sus derechos humanos; cuando una mujer, una joven, una niña es obligada a continuar con un embarazo producto de una violación está siendo torturada. Es  por esto que ningún Estado verdaderamente  democrático puede penalizar el aborto.
Según la Organización Mundial de Salud alrededor de 4 millones y 200 mil mujeres al año se someten a abortos en América Latina y el Caribe, y la mayoría lo hace en condiciones de clandestinidad poniendo en riesgo su salud y su vida.
Cada año en nuestra región, seis mil mujeres mueren debido a complicaciones del aborto inseguro.
Cada día se realizan 55 mil abortos inseguros en el mundo, 95 por ciento en países en vías de desarrollo, los cuales son responsables de una de cada ocho muertes maternas.
Mundialmente por cada siete nacimientos se lleva a cabo un aborto inseguro. Se calcula que el aborto inducido -en forma clandestina y condiciones inseguras- es la causa de una de cada tres muertes maternas en la región y de aproximadamente 800 mil hospitalizaciones por año.

  1. El aborto es un problema de salud pública por el índice de muertes y por las consecuencias (muchas veces irreparables) que tiene en la vida de las mujeres.
  2. El aborto es una cuestión de derechos humanos, prohibirlo atenta los derechos fundamentales de las mujeres y va contra los principios de justicia social.
  3. El aborto es una cuestión de democracia, porque está ligado al ejercicio libre de una maternidad voluntaria, la autodeterminación de la propia vida, el derecho a la interrupción de un embarazo no deseado.

En México, 17 congresos locales han aprobado reformas constitucionales que atentan contra el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres, criminalizando el derecho a decidir sobre nuestros cuerpos y vidas.
El gobierno mexicano, en alianza con la Iglesia católica, son artífices de una política misógina y criminal contra las mujeres de este país.
Desde diferentes trincheras y áreas de especialidad, las feministas mexicanas hemos puesto en marcha diversas estrategias de promoción y defensa de los derechos sexuales y reproductivos  de las mujeres: hemos salido a las calles, hemos cambiado las leyes, hemos exigido a las y los representantes populares que asuman una postura clara a favor del aborto libre, voluntario y gratuito; incluso hemos preguntado a la Suprema Corte de Justicia si es que en México las mujeres somos ciudadanas de segunda categoría la constitución general ¿si las mujeres somos ciudadanas de segunda categoría, y por eso nuestros derechos son violados impunemente.
Muchas veces nos hemos quedado sin respuestas, pero NO NOS HEMOS CANSADO DE PREGUNTAR.
En este largo camino de lucha, se han sumado a nosotras, equipos médicos, abogados, policías, artistas, servidoras y servidores públicos, partidos políticos, feligreses, que hoy gritan con nosotras: EL ABORTO ES UN ASUNTO DE DERECHOS HUMANOS, UN ASUNTO DE DEMOCRACIA.
Nosotras, mujeres capitalinas, quienes desde hace 5 años podemos acceder de manera libre y voluntaria a la interrupción legal del embarazo, hemos transitamos de ser criminales a ser ciudadanas plenas a quienes se les reconocer la entera capacidad de  tomar decisiones libres sobre el propio cuerpo y la reproducción. Al 31 de julio de este año 84,159 mujeres en la Ciudad de México hemos tenido  acceso al aborto seguro como garante de la ciudadanía sexual y la soberanía reproductiva, elementos centrales de la democracia.  Esta conquista en la ciudad de México, ha sido el resultado de una larga lucha y movilización del movimiento feminista, que ha logrado impactar en los últimos 30 años, ganando un amplio consenso social a favor del derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo, sin la imposición de los sectores conservadores, del Estado y de la jerarquía católica.

Es a partir de este ejercicio de derechos humanos que exigimos al gobierno de México y a todas sus instituciones:

  1. La defensa del derecho a decidir y la libertad de las mujeres criminalizadas por ejercer su derecho a abortar.
  2. La defensa del Estado laico y contra la injerencia de cualquier iglesia y de sus aliados al tratar de imponer sus valores a la ciudadanía.
  3. La denuncia de aquellos legisladores que votaron o voten a favor de las reformas constitucionales en contra de los derechos de las mujeres; del personal de los servicios de salud que, extralimitando sus funciones, juzgan y acusa a las mujeres; a las y los servidores públicos del sistema de justicia que aplican criterios personales en lugar de criterios jurídicos.
  4. Por el derecho a la salud y la despenalización del aborto en todo el país.
  5. Por la exhibición, sanción y cargos penales a funcionarios y políticos que no respetan el ejercicio de los derechos de las mujeres.

 ¡Alto a la criminalización de las mujeres por abortar!
¡Libertad inmediata a las mujeres presas por abortar!
¡Respeto irrestricto al Estado laico!
¡Despenalización del aborto en todo el país!
PACTO NACIONAL POR LA VIDA, LA LIBERTAD Y LOS DERECHOS DE LAS MUJERES

Coordinadora por el Aborto Legal: A oídos sordos, palabras claras



Brecha, Montevideo, 21-9-2012

Ante el hecho de no haber sido consideradas las observaciones presentadas por la Coordinadora por el Aborto Legal a la comisión especial de diputados sobre el último proyecto acordado (Posadas-Frente Amplio) de "interrupción voluntaria del embarazo", las hacemos públicas para que puedan ser analizadas por la sociedad. Nos permitimos extendernos en el comunicado para explicar qué implicancias prácticas tiene el proyecto de ley a ser votado el 25 de setiembre próximo en el plenario de diputados.

"Artículo 2. La interrupción del embarazo no será penalizada, y en consecuencia no serán aplicables los artículos 325 y 325 bis del Código Penal, para el caso que la mujer cumpla voluntariamente con los requisitos que se establecen en los artículos siguientes y se realice antes de las 12 semanas de gravidez."

¿Qué significa este artículo?

Que no despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo, apenas "suspende" la pena siempre y cuando se cumpla con todos los trámites y plazos establecidos en los artículos siguientes de la ley.

Que la misma conducta fuera de ese procedimiento será penalizada. Si una mujer interrumpe su embarazo antes de las 12 semanas y lo hace en su hogar, puede ser penalizada. 
Como el aborto seguirá siendo un delito, aunque la mujer cumpla con todo el procedimiento puede ser denunciada.

"Artículo 3. Dentro del plazo establecido en el artículo anterior de la presente ley, la mujer deberá acudir a consulta médica ante una institución del Sistema Nacional Integrado de Salud, a efectos de poner en conocimiento del médico las circunstancias derivadas de las condiciones en que ha sobrevenido la concepción, situaciones de penuria económica, sociales o familiares o etarias, que a su criterio, le impiden continuar con el embarazo en curso. 
[.]
En particular, el equipo interdisciplinario deberá constituirse en un ámbito de apoyo psicológico y social a la mujer, para contribuir a superar las causas que puedan inducirla a la interrupción del embarazo, y garantizar que disponga de la información para la toma de una decisión consciente y responsable. A partir de la reunión con el equipo interdisciplinario, la mujer dispondrá de un período de reflexión mínimo de 5 (cinco) días, transcurrido el cual, si la mujer ratificara su voluntad de  interrumpir su embarazo ante el médico ginecólogo tratante, se coordinará de inmediato el procedimiento, que en atención a la evidencia científica disponible, se oriente a la disminución de riesgos y daños. La ratificación de la solicitante será expresada por consentimiento informado, de acuerdo a lo dispuesto en la ley número 18.335, de 15 de agosto de 2008, e incorporada a su historia clínica."

¿Qué significa este artículo?

Que no se le reconoce a la mujer el derecho a decidir libremente sobre su vida, su maternidad.

Que la función del equipo multidisciplinario que se entrevista con la mujer es la de convencerla para que no se practique el aborto.

Que el proceso previsto es engorroso y legalmente injustificado: entrevista con médico, entrevista con "tribunal" exponiendo las "penurias", plazo mínimo de reflexión de cinco días, presentación para dejar por escrito su decisión, y recién allí comienza la intervención para la efectiva interrupción del embarazo.

Que las mujeres tengan que relatar "sus penurias" ante un tribunal es discriminatorio de quienes deciden interrumpir el embarazo, las que deben ubicarse en una situación de "humillación" para no ser castigadas, transformándose en un obstáculo, cuando no en un instrumento de presión para evitar los procedimientos.

"Artículo 6. Fuera de las circunstancias, plazos y requisitos establecidos en los artículos 2 y 3 de esta ley, la interrupción del  embarazo sólo podrá realizarse: cuando la gravidez implique un grave riesgo para la salud de la mujer. En estos casos se deberá tratar de salvar la vida del embrión o feto sin poner en peligro la vida o la salud de la mujer.
a) Cuando se verifique un proceso patológico, que provoque malformaciones incompatibles con la vida extrauterina.
b) Cuando fuera producto de una violación acreditada con la constancia de la denuncia judicial, dentro de las catorce semanas de gestación."

¿Qué significa este artículo?

1. Que aun presentando la mujer un grave riesgo de salud se debe tratar de "salvar la vida del embrión o feto", hecho que la ubica en situación de gran indefensión y riesgo de vida.

2. Que las mujeres o adolescentes embarazadas como resultado de violación o incesto (conductas punibles, delictivas) tengan hasta las 14 semanas para abortar es un retroceso en la legislación vigente, no considera la situación de vulneración en que se encuentra una adolescente o mujer luego de haber sufrido dicho delito. La ley vigente del año 1934 no exige a las mujeres que se encuentran en estas circunstancias plazos para realizar un aborto.

"Artículo 10. Todas las instituciones del Sistema Nacional Integrado de Salud tendrán la obligación de cumplir con lo preceptuado en la presente ley. A tales efectos, deberán establecer las condiciones técnico-profesionales y administrativas necesarias para posibilitar a sus usuarias el acceso a dichos procedimientos dentro de los plazos establecidos.
Las instituciones referidas en el inciso anterior, que tengan objeciones de ideario preexistentes a la vigencia de esta ley, con respecto a los procedimientos de interrupción voluntaria del embarazo que se regulan en los artículos anteriores, podrán acordar con el Ministerio de Salud Pública, dentro del marco normativo que regula el Sistema Nacional Integrado de Salud, la forma en que sus usuarias accederán a tales procedimientos."

¿Qué significa este artículo?

Que la ley no prevé ninguna sanción a los servicios de salud que no cumplan con los plazos.

Al día de hoy no se han implementado en todo el Sistema Integrado de Salud los servicios exigidos en la ley 18.426, vigente desde 2008.

¿Qué sucede si una mujer comienza el trámite exigido en la ley para abortar pero el mismo no se completa antes de las 12 semanas de embarazo por responsabilidad de la mutualista o del hospital? ¿En qué situación queda la mujer? ¿Quién se hace responsable del incumplimiento y de la solución?

Ninguno de los planteos, propuestas y cuestionamientos realizados por la Coordinadora por el Aborto Legal fueron tomados en cuenta para votar este proyecto. Lamentamos profundamente que el Parlamento les haya dado la espalda a las mujeres y a la sociedad civil organizada.

La Reforma Laboral profundizará la precarización del trabajo femenino



Alejandra Sepúlveda - Agrupación de mujeres Pan y Rosas

Acrecienta la violencia contra las mujeres
La Reforma Laboral profundizará la precarización del trabajo femenino

La propuesta de Reforma Laboral legaliza y profundiza las ya de por sí precarias y esclavizantes condiciones de trabajo del conjunto de la clase trabajadora y en especial las de las mujeres quienes ocupan 75% de los trabajos precarios. Iniciativa que desnuda el firme compromiso entre Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto con los empresarios.

En México ocupamos 42% de la fuerza laboral, somos 18 millones de trabajadoras en condiciones de superexplotación, percibimos hasta $5.4 menos salario por hora que los hombres, no contamos con seguridad social ni estabilidad en el empleo, al mismo tiempo que somos cabeza de familia en 25.5% de los hogares. Por si fuera poco cuando quedamos embarazadas, muchas veces nos despiden o para contratarnos nos piden prueba de no embarazo y el acceso a estancias infantiles es muy restringido.

Recayendo sobre nuestras espaldas el cuidado de los hijos, el trabajo y la casa base de la opresión que hace a la mujer, restringiéndonos en el plano social y sindical de participar y defender nuestros derechos.

Frente a esta situación la salida del gobierno es la Reforma Laboral que disminuye los derechos de las trabajadoras, con lo cual colocará a las mujeres en mayor vulnerabilidad de sufrir discriminación y violencia, en un contexto del aumento en 60% de la violencia contra las mujeres, expresión de ello el incremento alarmante del feminicidio.

La idea de protección de los derechos de las mujeres es de doble cara pues de poco servirá la inclusión de la sanción al acoso y hostigamiento sexual, si las nuevas las formas de contratación y despido favorecerán ese tipo de prácticas. Por ejemplo “si una joven está por contrato a prueba, el empleador o sus superiores pueden acosarla sexualmente; si accede tiene trabajo y si no la despiden”. Tan sólo en 2006 1.3 millones de mujeres fueron acosadas en el trabajo.1

De pasar la reforma laboral estaremos en peores condiciones pues con la inestabilidad laboral mediante el outsourcing, la contratación por hora y a prueba, entre otras medidas tendientes a la flexibilización laboral, nos será más difícil defendernos jurídicamente. Pues además lo anterior debilita nuestro derecho a la organización sindical y a la huelga. Sin el respaldo de verdaderos sindicatos desde donde nos podamos organizar seguiremos siendo víctimas de discriminación y violencia, pues nos coloca muchos obstáculos en el camino de la defensa de nuestros derechos.

La base de opresión que hace a la mujer, con el cuidado de los hijos, la casa y el trabajo, se profundiza con está reforma, no hay responsabilidad ni del estado ni de los patrones para que la mujer pueda deslindar responsabilidades domésticas que disminuyan su jornada diaria. Trabajo no remunerado que equivale 17% del Producto Interno Bruto de nuestro país. Además que flexibiliza la licencia de gravidez, los permisos por maternidad quedarán a criterio del patrón, afectando nuestro derecho a la salud y la de nuestros hijos.

Por ello es necesario tomemos en nuestras manos la lucha por nuestros derechos junto a todos los sectores en lucha, salgamos a las calles y gritemos:

¡Que la crisis la paguen los capitalistas¡
¡Basta de violencia contra las mujeres!
¡Por nuestro derecho a la sindicalización y a la huelga!
¡Defendamos la licencia de gravidez y su extensión con derecho a salario integró, salas de cuna y jardines infantiles gratuitos, garantizados por la patronal y el estado!
¡Contra la precarización e inestabilidad laboral!
¡Las mujeres de pie contra a Reforma Laboral!

Te invitamos a organizarte con Pan y Rosas para luchar en defensa de nuestros derechos, desde la  escuela y centro de trabajo
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panyrosasmex.blogspot.com                                          síguenos en Twitter y Facebook

Fuente:  Estadísticas a propósito del Día Internacional de da Mujer del INEGI.